Contra las mujeres: (In)Justicia en Spinoza

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Fecha
2019
Editorial
Antígona
Revista
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Institución organizadora
ISSN
eISSN
ISBN
978-84-15906-99-5
Idioma
Español
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Resumen
¿Cómo puede alguien escribir una ética y obviar la definición de justicia? Este parece ser el caso de Baruj Spinoza. La justicia no es un término central en su obra. No obstante, la palabra aparece muchas veces a lo largo de sus libros, sobre todo en el Tratado Teológico-Político, y aun cuando casi siempre lo hace bajo una misma línea argumental (que es, más bien, clásica), dicho concepto no figuraría en un glosario de términos clave de su filosofía. Y con razón. En Ética demostrada según el orden geométrico, su libro más importante, se consigna solo tres veces, y ni siquiera como definición, sino en un escolio (el segundo de la proposición 37) y en el apéndice de la parte IV. Quienes interpretan su obra no focalizan en él, salvo contadas excepciones (Belaief, 1971; Walther, 1985; Matheron, 1986; Palomar, 2011; Tucker, 2011; Pacheco Alves, 2015; Santos Campos, 2016). Y cuando lo hacen, en general, adoptan líneas de interpretación bastante divergentes, que van desde identificar a la justicia con la legalidad, hasta fusionarla con la causalidad natural ―la providencia o, en la lengua spinocista, el necesario transcurrir de las cosas―. La justicia se diluye, pivoteando entre estos dos polos: el del positivismo legal y la inmanencia divina (Belaief, 1971; Walther, 1985; Santos Campos, 2016).
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