The role of law in the construction of underwater cultural heritage: Insights from a case study, Argentina
; Bressan Bernhardt, Nadia Virginia Otros responsables
Fecha
04/2021
Editorial
Centro Universitario de Brasilia
Revista
Revista de Direito Internacional
Título del libro
Nombre del evento
Fecha del evento
Institución organizadora
ISSN
2237-1036
eISSN
2236-997X
ISBN
Idioma
Español
Tipo del evento
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Palabras clave
Resumen
The objective of this paper is to describe the process of protection of the underwater cultural heritage that was produced by the discovery of the English Corvette HMS Swift in Argentina in 1982, before the approval and ratification of the Convention on the Protection of the Underwater Heritage of UNESCO. Based on the case study, the role of law in the process of construction of cultural heritage is analyzed. The methodology used is qualitative, based on the content analysis of secondary documents and legal and jurisprudential sources. This is traingled with an analysis of relevant actors in the case. The English Corvette Swift was shipwrecked in the Deseado estuary in 1770. In 1982 a private individual requested that it be refloated. Although the Navigation Law requires notification to the respective consul, the authority considered that this wreck belonged to the province of Santa Cruz, which, through decrees, declared it an "archaeological site of historical interest." The Supreme Court considered the procedure completed, without questioning the legitimacy of the domain. From the analysis of the arguments of this judgment and the actions of other actors, it is concluded that the dynamics of the laws and their judicial interpretation led to the protection of this asset. The case is prior to the international regulations that currently regulate the matter, therefore its normative analysis has the value of showing how international law has advanced in more protective directions of underwater cultural heritage, giving preponderance to the collective over the private.
El objetivo del trabajo es describir un proceso de protección del patrimonio cultural subacuático que se produjo en Argentina antes de la aprobación y ratificación de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Subacuático de UNESCO. A partir del estudio de caso se analiza el rol del derecho en el proceso de construcción del patrimonio cultural. El abordaje se realiza desde una metodología cualitativa, a partir del análisis de contenido de documentos secundarios y fuentes legales y jurisprudenciales; ello se traingula con un análisis de actores relevantes en el caso. La Corbeta inglesa Swift naufragó en la ría Deseado en 1770. En el año 1982 un particular pidió la autorización para reflotarla. Si bien la ley de Navegación exige la notificación al cónsul respectivo, para que autorice la operación o se oponga fundadamente, la Autoridad consideró que este pecio pertenecía a la provincia de Santa Cruz que, mediante decretos, lo declaró “yacimiento arqueológico de interés histórico”. Llegado a la Corte Suprema, ésta consideró cumplido el procedimiento, sin cuestionar la legitimidad del dominio. El caso en cuestión es previo a las normativas internacionales que actualmente regulan la materia y por ello cuenta con un análisis normativo relevante, puesto que permite visibilizar cómo el derecho internacional ha logrado avanzar en direcciones más protectorias del patrimonio cultural subacuático, dándole preponderancia a lo colectivo por sobre lo privado.
El objetivo del trabajo es describir un proceso de protección del patrimonio cultural subacuático que se produjo en Argentina antes de la aprobación y ratificación de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Subacuático de UNESCO. A partir del estudio de caso se analiza el rol del derecho en el proceso de construcción del patrimonio cultural. El abordaje se realiza desde una metodología cualitativa, a partir del análisis de contenido de documentos secundarios y fuentes legales y jurisprudenciales; ello se traingula con un análisis de actores relevantes en el caso. La Corbeta inglesa Swift naufragó en la ría Deseado en 1770. En el año 1982 un particular pidió la autorización para reflotarla. Si bien la ley de Navegación exige la notificación al cónsul respectivo, para que autorice la operación o se oponga fundadamente, la Autoridad consideró que este pecio pertenecía a la provincia de Santa Cruz que, mediante decretos, lo declaró “yacimiento arqueológico de interés histórico”. Llegado a la Corte Suprema, ésta consideró cumplido el procedimiento, sin cuestionar la legitimidad del dominio. El caso en cuestión es previo a las normativas internacionales que actualmente regulan la materia y por ello cuenta con un análisis normativo relevante, puesto que permite visibilizar cómo el derecho internacional ha logrado avanzar en direcciones más protectorias del patrimonio cultural subacuático, dándole preponderancia a lo colectivo por sobre lo privado.
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