La agenda para el desarrollo y los derechos humanos: Dos instrumentos complementarios

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Fecha
04/2018
Editorial
Sociedad Española de Filosofía Jurídica y Política, BOE, Ministerio de Justicia
Revista
Anuario de Filosofía del Derecho
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Institución organizadora
ISSN
0518-0872
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Idioma
Español
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Resumen
La agenda para el desarrollo sostenible ha adoptado una perspectiva donantecentrica. Los objetivos recogidos en ella han sido interpretados como mandatos dirigidos a la comunidad internacional que debe asumir coste de sufragarlos. Sin embargo, la ayuda procedente de los países ricos ha resultado insuficiente y, en el peor de los casos, ineficaz para promover el desarrollo de los países pobres. Este artículo propone prestar más atención al rol de los países pobres en su propio desarrollo. Defiende dos cosas. La primera es que la Agenda debe ser anclada en el sistema de derechos humanos que identifica a cada país como el principal responsable de respetar, proteger y realizar tales derechos ? i.e adopta una perspectiva estadocentrica. La segunda es que la mejora de la capacidad fiscal de los países pobres es indispensable para que éstos puedan avanzar en su desarrollo y cumplir con las obligaciones impuestas por los derechos humanos.
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