La identidad de género y la expresión de género como componentes del derecho a la intimidad: Su proyección en el instituto de la responsabilidad parental en un contexto permanente de innovación tecnológica/comunicacional

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Fecha
09/2019
Editorial
Abeledo Perrot
Revista
Derecho de Familia
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ISSN
1851-1201
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Idioma
Español
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Resumen
Las innovaciones tecnológicas en el campo de las comunicaciones impactan permanentemente en el derecho de las familias, infancias y adolescencias.Como consecuencia del dinamismo propio que caracteriza los cambios en dicha materia, resulta preciso que desde nuestra disciplina nos ocupemos sostenidamente de analizar las implicancias jurídicas que —de la intersección e interacción entre el mundo de la tecnología y el mundo jurídico— se desprenden.Las aristas son diversas y los interrogantes múltiples, razón por la cual recientemente hemos presentado un proyecto de investigación en el cual nos proponemos indagar acerca del impacto de la innovación científica tecnológica en el derecho de las familias, infancia y adolescencia, procurando analizar cómo ella se proyecta en ciertos derechos personalísimos de niñas, niños y adolescentes (en adelante, "NNA").Dentro de ese marco general, en el presente artículo recortaremos el objeto de estudio centrándonos en la proyección de las nuevas tecnologías de la comunicación respecto de los derechos personalísimos de los hijos, particularmente la identidad de género y la expresión de género en vinculación con el instituto de la responsabilidad parental.Motiva nuestro interés por la temática la creciente "costumbre" que muchos progenitores han adoptado, consistente en captar y reproducir en distintos medios (redes sociales, Whatsapp, YouTube, etc.) parte de la existencia de sus hijos, ya sea a través de la exposición de su imagen corporal, de su voz, de sus preferencias y en ocasiones también de extractos de vivencias cotidianas que atraviesan al niño a lo largo de su crecimiento y desarrollo.En el particular escenario creado por las nuevas tecnologías de la comunicación y advirtiendo nuevos fenómenos conductuales en los progenitores como el denominado sharenting, nos preguntamos si el uso de estas puede incidir y en qué medida en el desarrollo y ejercicio de sus derechos personalísimos. Asimismo, teniendo en cuenta este especial contexto, nos cuestionamos acerca de qué rol o responsabilidad les cabe a los progenitores en el despliegue de sus funciones parentales a fin de contribuir a que la construcción de la identidad —sobre todo de la identidad de género— se desarrolle en un ámbito propicio de libertad, intimidad y privacidad. Finalmente, pretendemos cerrar esta colaboración respondiendo: ¿Cuál sería la conducta compatible con la responsabilidad parental en este sentido? En miras a ensayar respuestas, planteamos el contrapunto entre aquellas conductas de los progenitores que podrían afectar el libre desarrollo del derecho a la identidad de niñas, niños y adolescentes y aquellas normas y principios vigentes en nuestro ordenamiento jurídico orientadoras de conductas de los progenitores en ejercicio de la responsabilidad parental para contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de sus hijos en un momento histórico en donde muchos despliegues de los derechos personalísimos se dan en el entorno digital.
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