Artículo
En Argentina, la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres reconoce el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, sea física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, simbólica y política. No obstante, con la pandemia por Covid-19 se visibilizó otro tipo de violencia que no se encuentra incluida entre aquéllas: la digital. En particular, la violencia digital ha sido un factor relevante en la limitación al pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, tanto de las activistas como de aquéllas que ocupan cargos políticos. Actualmente, existen dos propuestas legislativas que resultan de interés en la materia: la de la senadora Cristina del Carmen López Valverde y la de la diputada Josefina Mendoza, las cuales buscan modificar la Ley 26.485, incorporando a la violencia digital como un tipo específico. Ambas propuestas consagran medidas contra la violencia una vez que el hecho ha ocurrido —y, por tanto, ya generado el daño— (por ejemplo, exigiendo el retiro de fotografías y videos que circulen en redes sociales sin autorización de la víctima). Sin embargo, ninguna de ellas aborda de manera sustantiva la adopción de medidas preventivas para evitar o reducir la violencia de género en espacios digitales —más allá de la formación de personas que revistan la calidad de funcionarias públicas y la adopción de protocolos—. Con base en ello, el objetivo de este trabajo es visibilizar la necesidad de incorporar la prevención de la violencia digital en la discusión de la reforma de la Ley 26.485, con el fin de que esta sea respetuosa de los estándares internacionales de derechos humanos. In Argentina, Act 26,485 on Comprehensive Protection to Prevent, Punish and Eradicate Violence against Women recognizes women’s right to live a life free of violence. According to the law, violence against women can be of six different types: physical, psychological, sexual, economic and patrimonial, symbolic, and political. However, with the Covid-19 pandemic, another type of violence became visible: digital violence. Digital violence has been a relevant factor in limiting the whole exercise of women’s political rights, both activists and those who hold political office. Currently, two legislative proposals are of interest: those submitted by Senator Cristina del Carmen López Valverde and Deputy Josefina Mendoza, who seek to modify Act 26,485, incorporating digital violence as a specific type. Both proposals enshrine measures against violence once the act has occurred —and, therefore, once the damage has been generated— such as removing photographs and videos circulating on social networks without the victim’s authorization. However, none substantively address the adoption of preventive measures to avoid or reduce gender-based violence in digital spaces – beyond the training of people who have the quality of public officials and the adoption of protocols. Based on this, the objective of this work is to make visible the need to incorporate the prevention of digital violence in the discussion of the reform of Act 26,485 for it to be respectful of international human rights standards.
Viejos problemas, nuevos desafíos: la necesidad de prevenir la violencia en contra de las mujeres en el entorno digital. A propósito de las propuestas de reforma de la Ley No. 26.485 en Argentina
Título:
Old problems, new challenges: the importance of preventing violence against women in the digital sphere. Regarding the reform projects for the Act 26.485 in Argentina
Fecha de publicación:
06/2022
Editorial:
Academia Interamericana de Derechos Humanos
Revista:
Akademía. Revista internacional y comparada de derechos humanos
ISSN:
2992-8613
Idioma:
Español
Tipo de recurso:
Artículo publicado
Clasificación temática:
Resumen
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Citación
Ormar, Camila Agustina; Brocca, Mariana; Viejos problemas, nuevos desafíos: la necesidad de prevenir la violencia en contra de las mujeres en el entorno digital. A propósito de las propuestas de reforma de la Ley No. 26.485 en Argentina; Academia Interamericana de Derechos Humanos; Akademía. Revista internacional y comparada de derechos humanos; 5; 1; 6-2022; 67-97
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