Capítulo de Libro
Las reglas de buen gobierno corporativo en el derecho argentino
Título del libro: Buen Gobierno Corporativo: Derecho de Sociedades
Fecha de publicación:
2023
Editorial:
Grupo Editorial Ibañez
ISBN:
978-987-791-819-9
Idioma:
Español
Clasificación temática:
Resumen
Tanto en los países que se organizaron siguiendo los lineamientos del régimen jurídico anglosajón, como en los que lo hicieron siguiendo los del sistema continental europeo, existe la preocupación por neutralizar los conflictos de intereses y las disputas por el poder y el dinero de las empresas, y las reglas de buen gobierno corporativo re-presentan una eficiente alternativa para lograr ese propósito.2. La utilización de estas reglas se difundió rápidamente porque son una eximia herramienta de protección individual del inversor (Anlegerschutz), son útiles para trasmitir una imagen de eficiencia y transparencia en el manejo de los destinos de la em-presa, fomentan la participación de los pequeños y medianos inversores en el mercado de capitales, lo que mejora su capacidad funcional o eficiencia (Funktionenschutz) y sirven para determinar y precisar las obligaciones que deben satisfacer los administra-dores societarios3. Existen dos grandes grupos de reglas de buen gobierno corporativo: el primero reúne a las que son producto de la autorregulación, emanan de una decisión empresaria, son asumidas voluntariamente por cada firma y se denominan “gobierno corporativo contractual” y el segundo congrega a las que derivan de una disposición legal, son impuestas por el sistema jurídico y la red de instituciones de un determinado país y se denominan “gobierno corporativo institucional”.4. En Argentina diversas empresas tomaron la iniciativa de prever normas que pueden ser consideradas como “reglas de buen gobierno corporativo contractual”, producto de la autorregulación, creadas y asumidas voluntariamente por las propias firmas, por lo que su imperatividad ha generado dudas, por cuanto se entendía que al no surgir del ordenamiento positivo su observancia era optativa y su incumplimiento solo tenía re-percusión económica (descrédito), tesis con la discrepamos pues entendemos que ellas pueden también ser imperativas, con una obligatoriedad que no reconoce un origen legal sino contractual, que las convierte en una verdadera obligación, cuya inobservancia puede servir de fundamento para imputar responsabilidad. 5. En el segundo grupo de la clasificación están reunidas las reglas previstas en una norma jurídica positiva, que forman el denominado régimen de buen gobierno corporativo institucional, son el fruto de la incorporación al derecho positivo de una autorregulación empresaria habiendo contribuido sustancialmente en ese fenómeno de positivización la tarea de diferentes organismos y organizaciones internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) , el Instituto Argentino para el Gobierno de las Organizaciones (IAGO) y la Red de Institutos de Gobierno Corporativo de Latinoamérica (IGCLA).6. Las normas que conforman el ordenamiento jurídico societario (la ley general de sociedades, la ley de sociedades cooperativas y la ley de apoyo al capital emprendedor) son compatibles con el trabajo de esas organizaciones, pero no se refieren en forma expresa a las reglas de buen gobierno corporativo y el primer antecedente legislativo en la adopción de esas reglas es el decreto 677/01 y las Resoluciones Generales dictadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) (especialmente la RG 516/07 y la RG 606/12).7. El ordenamiento jurídico argentino no cuenta con un código aplicable a todas las empresas y sociedades y las pocas reglas de buen gobierno corporativo institucional que existen en el derecho positivo son absolutamente embrionarias, no fueron objeto de una periódica revisión y actualización y su imperatividad es relativa, pues no con-templan una adecuado nivel de “enforcement”, y la mayoría de los deberes que prevé pertenecen a la categoría de “sugerencias”, unos pocos a la de “recomendaciones” y casi ninguno a las denominadas “obligaciones”.
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Citación
Abdala, Martin Eugenio; Las reglas de buen gobierno corporativo en el derecho argentino; Grupo Editorial Ibañez; 2023; 145-160
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