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La institucionalización de adolescentes y jóvenes infractores ha experimentado en la jurisdicción nacional una disminución en los años siguientes a la sanción de la ley 26.061 a finales del 2005. ¿A que atribuir la baja en las personas institucionalizadas por motivos penales? Fácil seria atribuirlo a un optimismo de derechos, o la evangélica creencia de que finalmente, prevaleció un consenso unánime sobre lo nocivo del encierro punitivo. Seguramente, explicar el fenómeno resiste una explicación única, y sean una constelación de motivos de índole distinta y hasta contrapuesta las que han producido este curioso resultado, a contramano de las periódicas oleadas de pánico moral que se encarnizan con los jóvenes peligrosos en potencia o en acto. Acaso haya dosis de convicción, de pragmatismo y de factores coyunturales. La realidad, como siempre, se empecina en mostrarse más compleja: la derivación a institutos estuvo observada durante el periodo desde distintas ópticas y fue atacada desde diferentes frentes. El articulo intentara brindar un panorama de la institucionalización de personas menores de edad que complejice el análisis mostrando una pluricausalidad de motivos que han dado por resultado la paradójica disminución de la población alojada en institutos de menores sin desmentir por ello la vigencia de la voluntad punitiva The institutionalization of teenagers and young offenders has decreased in the national jurisdiction during the years following the enactment of Law 26.061at the end of 2005. What has caused this decline in institutionalized people on criminal grounds? It would be easy to attribute it to an optimism of rights, or to the evangelical belief that a unanimous consensus on the harmfulness of punitive confinement finally prevailed. Certainly, there is no single explanation of the phenomenon, and a constellation of reasons of a different and even opposed nature have produced this curious result, in opposition to the periodic waves of moral panic that attack potentially dangerous or acting young people. Perhaps there are doses of conviction, pragmatism and occasional factors. Reality, as always, insists on presenting itself as more complex: referral to institutions during the aforementioned period was observed from different angles and was addressed on various fronts. The article attemps to provide an overview of the institutionalization of minors that complicates analysis, showing a pluricausality of reasons that have resulted in the paradoxical decrease of the population housed in juvenile institutions without thereby denying the validity of the punitive will.
La institucionalización de adolescentes y jóvenes infractores en la Argentina post sanción ley 26.061
Fecha de publicación:
06/2012
Editorial:
Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Sociales. Instituto de Investigaciones Gino Germani. Grupo de Estudios sobre Sistema Penal y Derechos Humanos
Revista:
Cuaderno de Estudios sobre Sistema Penal y Derechos Humanos
ISSN:
1853-287X
Idioma:
Español
Tipo de recurso:
Artículo publicado
Clasificación temática:
Resumen
Palabras clave:
JOVENES INFRACTORES
,
INSTITUCIONALIZACION
,
ENCIERRO PUNITIVO
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Citación
Guemureman, Silvia Teresa; La institucionalización de adolescentes y jóvenes infractores en la Argentina post sanción ley 26.061; Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Sociales. Instituto de Investigaciones Gino Germani. Grupo de Estudios sobre Sistema Penal y Derechos Humanos; Cuaderno de Estudios sobre Sistema Penal y Derechos Humanos; 2; 6-2012; 48-62
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