Artículo
Unión convivencial en el Derecho Internacional Privado actual
Fecha de publicación:
03/2020
Editorial:
Thomson Reuters (scientific) Ltd
Revista:
Derecho de familia
ISSN:
1851-1201
Idioma:
Español
Tipo de recurso:
Artículo publicado
Clasificación temática:
Resumen
Fruto de la globalización económica y social, de los movimientos migratorios que la han definido desde su nacimiento y de la facilidad en las comunicaciones internacionales, Argentina se ha transformado en una sociedad multicultural, que se caracteriza por la coexistencia de culturas y su interrelación. Los institutos jurídicos que responden a determinados modelos en la actualidad circulan por todo el mundo y dejan sentir sus raíces en Estados de culturas diferenciadas. La globalización y las nuevas dinámicas de los flujos migratorios determinan, entonces, el presente orden internacional. En la actualidad no es posible concebir una legislación de derecho de familia que no considere que parejas de igual o diferente sexo pueden iniciar su convivencia en un Estado y luego mudar su residencia a otro. Frente a esta situación, el derecho internacional privado (DIPr) debería brindarles respuestas en cuanto al reconocimiento que se le va a otorgar a la institución y en relación con las soluciones frente a los problemas que puedan plantearse en este marco. En este sentido, la inclusión del instituto de la unión convivencial en el sistema jurídico argentino es la consecuencia de un cambio cultural significativo, cuyos fundamentos se encuentran en el derecho internacional de los derechos humanos.
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Citación
Dreyzin de Klor, Adriana Silvia; Villegas, Candela Noelia; Unión convivencial en el Derecho Internacional Privado actual; Thomson Reuters (scientific) Ltd; Derecho de familia; 93; 3-2020; 167-177
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