Artículo
La obligación alimentaria del cónyuge inocente y el derecho transitorio. Cuando las piezas se van acomodando
Fecha de publicación:
05/2016
Editorial:
Thomson La Ley
Revista:
La Ley
ISSN:
1989-6913
Idioma:
Español
Tipo de recurso:
Artículo publicado
Clasificación temática:
Resumen
En términos generales, a varios meses de haber entrado en vigencia el Código Civil y Comercial, se puede afirmar que la cuestión del derecho transitorio generó más debate en el campo doctrinal que jurisprudencial. Una excepción a esta aseveración son los alimentos entre cónyuges en el contexto de un divorcio contencioso. ¿Qué sucede con las cuotas alimentarias a favor del cónyuge inocente establecidas mediante sentencia firme antes del 1/8/2015, y devengadas después, o sea, cuando rige un nuevo cuerpo normativo que no reconoce la obligación alimentaria con base o fuente en la declaración de inocencia? Este interrogante se encuentra alcanzado por la regla prevista en el art. 7 que, en lo que aquí interesa, dispone: "A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. La leyes no tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, excepto disposición en contrario. La retroactividad establecida por la ley no puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales".
Palabras clave:
ALIMENTOS
,
DIVORCIO
,
CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
,
DERECHO TRANSITORIO
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Citación
Kemelmajer de Carlucci, Aida; Herrera, Marisa; Molina de Juan, Mariel F.; La obligación alimentaria del cónyuge inocente y el derecho transitorio. Cuando las piezas se van acomodando; Thomson La Ley; La Ley; 4; 5-2016; 1-9
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