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dc.contributor.author
Romero, Maximiliano J.
dc.contributor.author
Cianciardo, Juan Carlos Mariano
dc.date.available
2023-03-29T14:40:18Z
dc.date.issued
2011-03
dc.identifier.citation
Romero, Maximiliano J.; Cianciardo, Juan Carlos Mariano; El principio de igualdad y los efectos horizontales de los derechos constitucionales: Entre el conflictivismo y la armonización; Universitas Srl; El Derecho; 241; 3-2011; 935-948
dc.identifier.issn
1666-8987
dc.identifier.uri
http://hdl.handle.net/11336/192017
dc.description.abstract
A lo largo del trabajo, y tomando como punto de partida para la reflexión la jurisprudencia de la Corte Suprema argentina, se sostuvo que Los derechos constitucionales tienen efectos horizontales. Es decir, se encuentran obligados a respetarlos no sólo los órganos del Estado sino también los particulares, y resulta posible hacerlos valer tanto frente unos como frente a otros. El desafío que se abre aquí es el de evitar una inflación de derechos que acaba transformando a todos los casos en casos constitucionales (en el sentido estricto que le da la Corte). Los derechos constitucionales tienen una dimensión negativa y otra positiva. Los órganos del Estado no satisfacen los derechos únicamente no violándolos (vertiente negativa), sino que están obligados a desarrollar una política de derechos, es decir, a promover su mayor vigencia efectiva posible (vertiente positiva) . En este mismo sentido se ha afirmado con razón, (siguiendo a R. Alexy), que en la cultura jurídica occidental se ha adoptado como criterio clasificante de la legitimidad del poder estatal la pretensión de garantizar el respeto de los derechos humanos y de posibilitar su ejercicio. Desde el punto de vista que proporciona la actividad de los jueces, no parece sencillo dar con estándares que permitan un control del grado en que esta pretensión es realmente realizada por los otros poderes. Una prueba de esta dificultad es el ir y venir de la Corte Suprema argentina en torno al control de la oportunidad, mérito o conveniencia de las decisiones legislativas: el tribunal ha reiterado en muchas ocasiones que ese control no le compete, pero en no menos e importantes ocasiones lo ha ejercido sin declarar que lo hacía. Los derechos constitucionales deben ser interpretados armónicamente. Esta alternativa ofrece inigualables ventajas sobre las demás en tanto se procure verdaderamente tomar los derechos humanos en serio, desde que por su intermedio habrá de ser posible hacer realidad el respeto de su contenido esencial.
dc.format
application/pdf
dc.language.iso
spa
dc.publisher
Universitas Srl
dc.rights
info:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rights.uri
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/ar/
dc.subject
derechos humanos
dc.subject
derecho a la igualdad
dc.subject
principio de proporcionalidad
dc.subject
efectos horizontales de los derechos
dc.subject.classification
Otras Derecho
dc.subject.classification
Derecho
dc.subject.classification
CIENCIAS SOCIALES
dc.title
El principio de igualdad y los efectos horizontales de los derechos constitucionales: Entre el conflictivismo y la armonización
dc.type
info:eu-repo/semantics/article
dc.type
info:ar-repo/semantics/artículo
dc.type
info:eu-repo/semantics/publishedVersion
dc.date.updated
2023-03-28T14:09:32Z
dc.journal.volume
241
dc.journal.pagination
935-948
dc.journal.pais
Argentina
dc.journal.ciudad
Buenos Aires
dc.description.fil
Fil: Romero, Maximiliano J.. No especifíca;
dc.description.fil
Fil: Cianciardo, Juan Carlos Mariano. Universidad Austral. Facultad de Derecho; Argentina. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina
dc.journal.title
El Derecho
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