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dc.contributor.author
Romero, Maximiliano J.  
dc.contributor.author
Cianciardo, Juan Carlos Mariano  
dc.date.available
2023-03-29T14:40:18Z  
dc.date.issued
2011-03  
dc.identifier.citation
Romero, Maximiliano J.; Cianciardo, Juan Carlos Mariano; El principio de igualdad y los efectos horizontales de los derechos constitucionales: Entre el conflictivismo y la armonización; Universitas Srl; El Derecho; 241; 3-2011; 935-948  
dc.identifier.issn
1666-8987  
dc.identifier.uri
http://hdl.handle.net/11336/192017  
dc.description.abstract
A lo largo del trabajo, y tomando como punto de partida para la reflexión la jurisprudencia de la Corte Suprema argentina, se sostuvo que Los derechos constitucionales tienen efectos horizontales. Es decir, se encuentran obligados a respetarlos no sólo los órganos del Estado sino también los particulares, y resulta posible hacerlos valer tanto frente unos como frente a otros. El desafío que se abre aquí es el de evitar una inflación de derechos que acaba transformando a todos los casos en casos constitucionales (en el sentido estricto que le da la Corte). Los derechos constitucionales tienen una dimensión negativa y otra positiva. Los órganos del Estado no satisfacen los derechos únicamente no violándolos (vertiente negativa), sino que están obligados a desarrollar una política de derechos, es decir, a promover su mayor vigencia efectiva posible (vertiente positiva) . En este mismo sentido se ha afirmado con razón, (siguiendo a R. Alexy), que en la cultura jurídica occidental se ha adoptado como criterio clasificante de la legitimidad del poder estatal la pretensión de garantizar el respeto de los derechos humanos y de posibilitar su ejercicio. Desde el punto de vista que proporciona la actividad de los jueces, no parece sencillo dar con estándares que permitan un control del grado en que esta pretensión es realmente realizada por los otros poderes. Una prueba de esta dificultad es el ir y venir de la Corte Suprema argentina en torno al control de la oportunidad, mérito o conveniencia de las decisiones legislativas: el tribunal ha reiterado en muchas ocasiones que ese control no le compete, pero en no menos e importantes ocasiones lo ha ejercido sin declarar que lo hacía. Los derechos constitucionales deben ser interpretados armónicamente. Esta alternativa ofrece inigualables ventajas sobre las demás en tanto se procure verdaderamente tomar los derechos humanos en serio, desde que por su intermedio habrá de ser posible hacer realidad el respeto de su contenido esencial.  
dc.format
application/pdf  
dc.language.iso
spa  
dc.publisher
Universitas Srl  
dc.rights
info:eu-repo/semantics/openAccess  
dc.rights.uri
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/ar/  
dc.subject
derechos humanos  
dc.subject
derecho a la igualdad  
dc.subject
principio de proporcionalidad  
dc.subject
efectos horizontales de los derechos  
dc.subject.classification
Otras Derecho  
dc.subject.classification
Derecho  
dc.subject.classification
CIENCIAS SOCIALES  
dc.title
El principio de igualdad y los efectos horizontales de los derechos constitucionales: Entre el conflictivismo y la armonización  
dc.type
info:eu-repo/semantics/article  
dc.type
info:ar-repo/semantics/artículo  
dc.type
info:eu-repo/semantics/publishedVersion  
dc.date.updated
2023-03-28T14:09:32Z  
dc.journal.volume
241  
dc.journal.pagination
935-948  
dc.journal.pais
Argentina  
dc.journal.ciudad
Buenos Aires  
dc.description.fil
Fil: Romero, Maximiliano J.. No especifíca;  
dc.description.fil
Fil: Cianciardo, Juan Carlos Mariano. Universidad Austral. Facultad de Derecho; Argentina. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina  
dc.journal.title
El Derecho